Preguntas Frecuentes


¿Qué es un despachante de aduana?

Los despachantes de aduana y los consignatarios son personas de existencia visible con licencia para despachar que actúan como agentes auxiliares del comercio y del servicio aduanero. Son los encargados de realizar la clasificación de la mercadería, la declaración aduanera correspondiente, la confección y tramitación de los documentos requeridos para todas las operaciones de comercio exterior. El despachante de aduana opera en representación de la empresa importadora / exportadora o de la persona o ente que lo contrata a tal efecto.

¿Qué se necesita para ser despachante de aduana?

Para ser despachante de aduana hay que estar inscripto en el Registro de Despachantes. Se deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad, tener capacidad para ejercer por sí mismo el comercio y estar inscripto como comerciante en el Registro Público de Comercio.

b) Tener título secundario y acreditar conocimientos específicos en materia aduanera en los exámenes teóricos y prácticos que a tal fin se establecen.

c) Acreditar domicilio real.

d) Constituir domicilio especial en el radio urbano de la aduana en la cual ejercerá su actividad.

e) Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Dirección General de Aduanas una garantía en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determine la reglamentación.

¿Qué es un agente de transporte aduanero o transportista?

El agente de carga internacional, también denominado “transportista”, es quien realiza y recibe los embarques; consolida y desconsolida la carga; y actúa como operador de transporte multimodal. Además de auxiliares del comercio, son auxiliares del servicio aduanero. Pueden ser agentes de carga internacional las personas de existencia visible o ideal.

¿Qué se necesita para ser agente de transporte aduanero?

Para ser agente de carga internacional la persona de existencia visible debe cumplir con los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad, tener capacidad para ejercer por sí mismo el comercio y estar inscripto como comerciante en el Registro Público de Comercio.

b) Haber aprobado estudios secundarios completos y acreditar conocimientos específicos en la materia.

c) Acreditar domicilio real y constituir domicilio especial en el radio urbano de la aduana en la que habrá de ejercer su actividad.

d) Acreditar la solvencia necesaria y otorgar una garantía a favor de la Dirección General de Aduanas, en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determine la reglamentación.

e) No ser alcanzado por ninguno de los supuestos previstos en el artículo 58 de la Ley 22.415.

Por su parte, las personas de existencia ideal deben cumplimentar los requisitos que se detallan:

a) Estar inscriptas en el Registro Público de Comercio y presentar sus contratos sociales.

b) Acreditar la dirección de la sede social y constituir domicilio especial en la jurisdicción que corresponda a la aduana donde ejercerá su actividad.

c) Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la Dirección General de Aduanas una garantía, en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determina la reglamentación.

d) Designar el/los apoderados generales que actuarán en su representación ante el servicio.

e) No ser alcanzados por ninguno de los supuestos previstos en el artículo 58 de la Ley 22.415.

¿Qué es la AFIP?

La AFIP es la Administración Federal de Ingresos Públicos. Tiene como función primordial la ejecución de la política tributaria y aduanera. Esto contempla, entre otras, las siguientes actividades y tareas:

  • La aplicación, percepción y fiscalización de los tributos y accesorios dispuestos en las normas: tributos que gravan operaciones ejecutadas en el ámbito del territorio y en los espacios sobre los cuales se ejerce total o parcialmente la potestad tributaria nacional; tributos que gravan la importación y la exportación de mercaderías y otras operaciones regidas por leyes y normas aduaneras que le son encomendadas; de las multas, recargos, intereses, garantías y cualquier accesorio que pueda surgir de la aplicación y cumplimiento de las normas legales.
  • El control del tráfico internacional de mercaderías dispuesto por las normas.
  • La clasificación arancelaria y valoración de las mercaderías.

La AFIP está formada por tres direcciones generales: Dirección General Impositiva (DGI), Dirección General de Aduanas (DGA) y Dirección General de Recursos de la Seguridad Social (DGRSS). La función principal de la DGI es la aplicación, percepción, recaudación y fiscalización de impuestos nacionales. Entre las funciones de la DGA se encuentran la recaudación de los tributos que gravan las importaciones y exportaciones, y el control sobre el tráfico internacional de mercaderías. La DGRSS tiene a su cargo la recaudación y fiscalización de los recursos que financian las prestaciones de la Seguridad Social. Para cumplir con este propósito cuenta con el apoyo de otros organismos e instituciones que comparten potestades complementarias (por ejemplo, el Ministerio del Trabajo de la Nación).

¿Qué es la DGA?

La DGA es la Dirección General de Aduanas, un órgano que integra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y que tiene a su cargo la aplicación de la legislación relativa a la importación y a la exportación de mercaderías, como así también el control del tráfico de los bienes que ingresan o egresan en el territorio aduanero. Su función principal es valorar, clasificar, verificar y controlar la entrada y salida de mercaderías, como así también los medios en que son transportadas, asegurando el cumplimiento de las disposiciones vigentes. Además, la Aduana colabora en el resguardo de los intereses del Estado, tales como la seguridad nacional, la economía nacional, la salud pública y el medio ambiente, vedando el flujo de mercaderías peligrosas o ilegales. También fomenta la cultura del cumplimiento voluntario por parte de los usuarios. Las estrategias principales de la Aduana se vinculan con la facilitación y la potenciación del comercio exterior y la verificación oportuna, a través de la sistematización y actualización permanente del servicio.

¿Qué es un depósito fiscal?

Se considera depósito fiscal a los locales, instalaciones y plazoletas para el almacenamiento de mercaderías que son habilitados por la Aduana para la realización de operaciones aduaneras dentro de un predio determinado.

¿Qué es un importador?

El término importador alude a la persona natural o jurídica que ingresa mercaderías de procedencia extranjera por medio de un territorio aduanero al territorio nacional para que permanezca en él en forma definitiva o temporal. Para ser importador es necesario estar inscripto en el Registro de la actividad que lleva la Aduana. Las personas de existencia visible deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener capacidad para ejercer por sí mismas el comercio.

b) Acreditar la inscripción y el domicilio fiscal ante la AFIP-DGI a través de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

c) Acreditar la solvencia necesaria u otorgar a favor de la AFIP-DGA una garantía, según determine la reglamentación, en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones.

¿En qué consiste una importación?

El proceso de importación es un tema complejo, ya que requiere de la combinación de una serie de tramitaciones, tanto en el ámbito nacional como internacional, se deben tener en cuenta marcos legislativos aduaneros, bancarios, legales e impositivos. Abarca desde el contacto con el vendedor del exterior, pasando por toda la logística aplicada según el caso para el arribo de la mercadería al país, aplicando el seguimiento correspondiente a cada destinación, a los efectos de lograr un servicio seguro, dinámico y expeditivo.

¿Qué documentación necesito para realizar una operación de importación?

Para realizar una operación de importación en fundamental contar con:

  • Factura original del vendedor debidamente confeccionada con el detalle amplio del producto, precios, condición de venta y datos completos del destinatario.
  • Juego de conocimientos de embarque (B/L).
  • Carta de Porte Terrestre (CRT) o Guía Aérea (Airwaybill) según corresponda.
  • Certificado de Origen (si esto presupone una desgravación impositiva para los derechos aduaneros).
  • Certificaciones de distintos organismos requeridos en nuestro país.

Se recomienda solicitar asesoramiento técnico dentro del ámbito aduanero y arancelario para conocer las reglamentaciones específicas y evitar dificultades posteriores.

¿Qué es la base imponible?

La base imponible es el valor numérico sobre el cual se aplica la alícuota o tasa del tributo.

¿Qué es la base liquidable?

La base liquidable es el resultado de restar de la base imponible las reducciones establecidas en la normativa de cada tributo.

¿Qué son los bienes prohibidos?

Son considerados bienes prohibidos para transportar a través de las fronteras argentinas los que se detallan a continuación:

a) Explosivos, inflamables y estupefacientes.

b) Municiones, armas de fuego o sus partes, salvo que cuenten con autorización del Registro Nacional de Armas (RENAR), sin perjuicio de las propias regulaciones y restricciones internacionales de seguridad en aeronavegación.

c) Repuestos de automotores y otros.

d) Mercaderías de origen animal y vegetal que se encuentren sujetas a la intervención sanitaria (SENASA-INAL) y fitosanitaria (IASCAV).

e) Mercadería prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal o vegetal, protección al patrimonio artístico, histórico, arqueológico, paleontológico, científico y conservación de las especies animales o vegetales; salvo que cuente con una autorización expresa emitida por autoridad competente.

¿Qué son los bienes culturales?

Se llama bienes culturales a los objetos materiales y tangibles que por su significación histórica, artística, religiosa, arqueológica, arquitectónica, científica, etc., denotan un valor cultural. Pueden considerarse bienes culturales las antigüedades, las obras de arte y los fósiles, entre otros.

¿Qué es un exportador?

Se define como exportador a la persona natural o jurídica que está habilitada para enviar legalmente productos nacionales o nacionalizados al exterior con el objeto de su uso y consumo en el extranjero. Para ser exportador es necesario estar inscripto en el Registro de la actividad que lleva la Aduana. Las personas de existencia visible deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener capacidad para ejercer por sí mismas el comercio.

b) Acreditar la inscripción y el domicilio fiscal ante la AFIP-DGI a través de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

c) Acreditar la solvencia necesaria u otorgar a favor de la AFIP-DGA una garantía, según determine la reglamentación, en seguridad del fiel cumplimiento de sus obligaciones.

¿Qué hay que saber antes de realizar una exportación?

La competencia en el ámbito internacional es muy fuerte y en la mayoría de los casos el inconveniente es el precio final de la mercancía, debido la distancia que hay desde aquí al mercado común europeo o a otros potenciales países consumidores. El flete y otros gastos hacen elevar los precios de tal manera que pueden fracasar las distintas operaciones. Por eso se recomienda tener un buen asesoramiento, un minucioso detalle de costos y un buen estudio de mercado para poder resolver las operaciones con éxito.

¿Qué documentación necesito para realizar una operación de exportación?

Para realizar una operación de exportación en fundamental contar con:

  • Factura de Exportación debidamente confeccionada.
  • Conocimiento de Embarque (B/L), Carta de Porte Terrestre (CRT) o Guía Aérea (Airwaybill), según corresponda en cada caso.
  • Certificado de Origen (si es requerido desde el exterior).
  • Certificaciones de distintos organismos si así lo requiere el comprador o el país de destino. Según el caso se prepara la documentación para que el comprador pueda operar de forma simple y sin imprevistos con la empresa exportadora.

¿Qué es el valor FOB?

La sigla FOB proviene del inglés, Free on board, y quiere decir “libre a bordo”. Indica que a partir de la salida de la mercadería del medio de transporte los costos corren por cuenta del comprador. Antes de ese evento corren por cuenta del vendedor. El valor FOB es el valor de transacción de la mercadería e incluye los siguientes ítems:

  • Valor propiamente dicho, más ganancia incluida.
  • Transporte y embalaje hasta el puerto de salida.
  • Gastos de despachante de aduana interviniente.
  • Gastos de agente de cargas interviniente.
  • Derechos y demás gravámenes de exportación.
  • Gastos de Consolidación y Terminal Portuaria.

El valor FOB no incluye:

  • Flete internacional.
  • Seguro.
  • Gastos de Agencia y Terminal Portuaria en destino.
  • Gravámenes e impuestos en destino.

¿Qué es un Estado Parte?

Los Estados Parte comprenden a la Argentina, Uruguay, Paraguay, Brasil y Venezuela. Este último país incorporará gradualmente el acervo normativo para su aplicación definitiva a la totalidad de los regímenes.

¿Qué operaciones se pueden desarrollar en una zona franca?

En una zona franca la mercadería puede ser objeto de almacenamiento, comercialización, utilización y consumo, así como también de transformación, elaboración, combinación, mezcla, reparación o cualquier otro perfeccionamiento.

¿Qué objetivo tiene una zona franca?

El objetivo de estas zonas es fomentar el comercio y la actividad industrial exportadora a través de la reducción de costos y la simplificación de los procedimientos administrativos, ofreciendo, además, incentivos fiscales.

¿En qué casos puedo garantizar ante la DGA mis operaciones aduaneras?

Las operaciones aduaneras se pueden garantizar ante la Dirección General de Aduanas (DGA) en los siguientes casos:

  • Libramiento de mercadería cuya importación o exportación está sujeta a la eventual exigencia de diferencias por tributos.
  • Libramiento de mercadería con una espera o una facilidad que autoriza la reglamentación para el pago de los tributos.
  • Libramiento de mercadería sometida al régimen de importación temporaria.
  • Libramiento de mercadería sometida al régimen de exportación temporaria.
  • Libramiento de mercadería cuya importación para consumo está sujeta a la eventual exigencia de derechos antidumping o compensatorios.
  • Autorización para efectuar operaciones de tránsito de importación.
  • Cobro anticipado de sumas que corresponden a conceptos de drawback.
  • Habilitación de un lugar para su funcionamiento como depósito fiscal.

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